Juan Diego Gómez Jiménez es parte del Proyecto de ley que busca que mineros de Colombia puedan acceder al sector financiero

La Cámara de Representantes aprobó en segundo debate el Proyecto de Ley por medio del cual se expiden normas para que el sector minero colombiano acceda a los servicios del sistema financiero y asegurador nacional.

Es de coautoría del senador Juan Diego Gómez Jiménez y del representante Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, líderes del movimiento “Conservadores de Vida”.

Su presentación fue del representante Héctor Ángel Ortiz, quien les agradeció a Gómez y a Echeverry el empujón que le han dado a la desestigmatización del sector minero, tan importante en el crecimiento económico del País, pues le aporta el 2% del Producto Interno Bruto.

Nicolás Albeiro Echeverry y Juan Diego Gómez Jiménez mencionan estos aspectos relevantes en el proceso de aprobación de este Proyecto:

  1. Le cumple al país minero al haber escuchado la solicitud hecha por la Mesa Minera de Antioquia en el sentido que el Congreso de la República le diera trámite a un proyecto que permitiera la bancarización del sector.
  2. Estamos fomentando la legalidad, estamos combatiendo lo ilícito y estamos entregando las herramientas necesarias para que el sector financiero disponga de todos los canales necesarios para que permita que quienes se dedican a esta actividad económica, de manera lícita y responsable, puedan acceder a créditos y eviten el traslado de efectivo, además de recurrir a una economía soterrada que no le conviene al País en materia de tributos, regalías y circuitos que, en consecuencia, no ayudan a la reactivación de la economía local y nacional.
  3. Se convierte en una herramienta que se le entrega al Gobierno nacional para que disponga de todo lo necesario en cuanto a la formalización, el respeto por el minero artesanal y el respeto por quienes practican la actividad de manera lícita y responsable con el medio ambiente.
  4. Llama la atención de la función social que cumple el Sector Financiero colombiano, que no debe ser únicamente el de la rentabilidad económica individual.
  5. Abrirá los canales jurídicos para que la minería legal pueda celebrar, sin restricción alguna, todas las operaciones activas y pasivas de crédito que contribuyan al desarrollo de la empresa minera legal.

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Con información del Diario del Sur